Multas en vehículos de renting: todo lo que necesitas saber

Las multas son relativamente comunes entre los conductores españoles. Cada año se interponen en nuestro país alrededor de 5 millones de sanciones viales, según datos de la Dirección General de Tráfico (DGT) correspondientes a 2021. Los usuarios de vehículos de renting particulares no escapan al ‘brazo’ sancionador de los agentes de tráfico, pero gestionar las multas es, en su caso particular, muy diferente.

 

Después de que el agente —sea de la Policía Local, la Nacional o la Guardia Civil— haya interpuesto la multa al arrendatario del coche de renting, la DGT procede a notificar la sanción a la empresa responsable del contrato de alquiler. Este primer contacto se salda con el envío de los datos del conductor, es decir, de la persona arrendataria en el momento de la infracción.

 

Las consecuencias de la sanción, con independencia de que sean económicas o conlleven la retirada de puntos del carnet, recaerán en un 100% sobre el titular del vehículo de renting. En otras palabras, la compañía arrendadora no se responsabiliza de las malas prácticas del conductor, una postura lógica si bien se mira.

 

Curiosamente, el 11,6% de los arrendadores de vehículos de renting cree que la empresa propietaria del coche es la responsable de abonar el importe de las multas. Otra creencia falsa sugiere que casi el 40% de estos conductores considera que jamás recibirá la sanción interpuesta, dado que el vehículo en cuestión está matriculado a nombre de la compañía de renting.

 

Estos mitos no rodean únicamente al sector del renting, sino también al leasing. Aunque sus clientes deben asumir las infracciones de tráfico de las que sean culpables, el importe de las mismas puede disminuirse en un 50% gracias al pronto pago. Por esta razón, se recomienda confiar en empresas de renting que cuenten con un servicio de gestión de sanciones de tráfico ágil y eficiente.